Conocida es la metáfora referida a la
percepción que los británicos tienen a veces de que el continente europeo queda
aislado cuando la niebla se sobreimpone a las aguas, a menudo turbulentas, del
Canal de la Mancha. Esa visión de territorio singular, repleto de referencias
materiales y simbólicas individualizadoras, ha marcado siempre la visión respecto
a Europa de un amplio sector de una sociedad que, arropada en las
particularidades inherentes a la insularidad y en los factores representativos
de su fortaleza histórica, cultural y económica en el mundo, ha mantenido
siempre una postura favorable a la salvaguarda de sus elementos de
identificación, coexistentes con la firme defensa de sus posiciones en la
economía global. Su integración en el proyecto comunitario europeo ha
presentado desde el primer momento matices que con frecuencia han puesto en
entredicho la lealtad a los compromisos tan laboriosamente construidos en el
complejo de los vínculos y compromisos que estructuran una realidad
supraestatal permanentemente condicionada por los desafíos a que obliga su
creciente complejidad.
Efectuada la salida formal Gran Bretaña de
la Unión Europea, carece de sentido seguir insistiendo en las causas que la han
provocado. Interesa centrar la reflexión en la trayectoria que en adelante ha
de seguir el proceso durante el periodo de negociación abierto tras la
separación formal y, y con especial interés, plantear las implicaciones que un
hecho tan decisivo puede tener en la propia reconfiguración interna de la
Unión. Es evidente que la evolución de
un proceso negociador no admite anticipaciones esquemáticas ni cerradas, pues
las posiciones pueden variar a medida que la importancia de los temas
suscitados obligue a introducir posiciones más flexibles, inducidas por la naturaleza
de las relaciones que han de mantenerse entre el Reino Unido y los países con
las que ha compartido experiencias, logros, vicisitudes y decepciones durante
casi medio siglo. Por esa razón, el observador se resiste a pensar que en el
inicio de las conversaciones las directrices defendidas por ambas partes se
muestren incompatibles, como se ha señalado por algunos de los defensores más
acérrimos del Brexit, que en su momento no se recataron a la hora de inducir el
voto afirmación con engaños, medias verdades y falsedades, de inmediato
reconocidos tras el ajustado resultado obtenido por la opción segregadora. El
observador prefiere, en cambio, hacer un seguimiento de las declaraciones
efectuadas por representantes significativos de ambas opciones, concediéndolas
la credibilidad que merecen por la responsabilidad que desempeñan en este juego
en el que las líneas del debate aparecen nítidamente planteadas.
Para entender el sentido de las discrepancias que
acompañan en sus inicios esta salida nada tan significativa resulta expresivo
partir de la contraposición entre las ideas esgrimidas por el premier británico
en el primer discurso posBrexit pronunciado el día 3 de febrero y las que
simultáneamente en Bruselas el negociador Michel Barnier hizo públicas sobre el
proyecto en el que la Comisión ha de basar la negociación con el gobierno
británico. De partida la divergencia se mostraba evidente. Si para Johnson el mantenimiento
de un acuerdo de librecambio entre ambas partes no debe implicar la aceptación
de las normas europeas sobre la competencia, la protección social, las ayudas
públicas, la política sanitaria y el medio ambiente, el representante de la
Comisión insistía, ante los hechos consumados, en rechazar la posibilidad de
que la estrategia británica se decante por mecanismos de desregulación, que – “
aplicados en nuestra misma puerta”, en elocuente manifestación de la canciller alemana,
Angela Merkel - pudieran dar origen a
ventajas competitivas (desleales) susceptibles de amenazar y poner en riesgo
los cimientos sobre los que sustenta la capacidad industrial y económica de los
Veintisiete. De manera muy expresiva el propio Barnier resumió el objetivo que,
ante todo, se persigue a lo largo de la negociación: “favorecer en la medida de
lo posible la convergencia, mediante el control de la divergencia”. En esta
línea se mostró firme al señalar que en materia de transición ecológica debía
haber una complementariedad plena por ambas partes y en la necesidad de que, en
situaciones de conflicto jurídico, y cuando el Derecho comunitario se vea afectado,
las diferencias habrán de resolverse en el marco del Tribunal de Justicia de la
Unión Europea.
Sobre estas bases se asienta, como punto de partida, el
proceso de negociación a llevar a cabo a lo largo del año 2020, en el que, no
cabe duda, también aflorarán temas sensibles, ya apuntados por Barnier, como
los relacionados con la seguridad, la movilidad de la población, el
reconocimiento de las garantías profesionales y la pesca. Todo un cúmulo de
cuestiones hacen acto de presencia para abrir un escenario muy abierto que no
estará exento de tensiones y dificultades en pos de la armonización
reglamentaria pretendida para que los intereses de la Unión, y de sus
ciudadanos, no se vean lesionados. Se perfila, pues, un escenario en el que
sería deseable que la niebla no impidiera la aparición de claros, capaces de
despejar las dudas y resolver los desencuentros que inicialmente se plantean.
Al tiempo las dudas surgen también cuando se debate
acerca de las implicaciones que el posBrexit pueda tener en la reconfiguración
de los equilibrios y las alianzas que van a estructurar la Unión Europea a
partir de la nueva etapa. Y es que la salida del Reino Unido no es ajena a la
toma de posiciones adoptadas en el seno de la Unión por parte de los Estados
miembros. La tendencia, ya perfilada, a favor del reforzamiento del eje
franco-alemán va a operar como factor determinante de las estrategias de
cooperación entre países que van a poner a prueba la solidez de la construcción
europea en la nueva etapa y que sin duda va a tener una repercusión evidente en
el futuro de España y en el papel que ha de desempeñar en la Unión Europea que
se avecina.
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